La verdad jamás estará en los ignorantes, en los cobardes, en los cómplices, en los serviles y menos aún en los idiotas. |
La Cámpora en las escuelas de Tandil. |
Alertamos, se están vulnerando los derechos de los niños y jóvenes en las escuelas.
Nos hemos informado respecto de la situación que sufren hoy las escuelas públicas de gestión estatal de la ciudad de Tandil, la presencia de la Agrupación “La Cámpora” dentro de las Escuelas con presencia de menores, directivos y responsables. Esta situación se ha ido acentuando en los últimos años vulnerando los derechos de menores en su protección legal de gozar de una educación de calidad, libre, sin atropellos ni abusos.
Con la anuencia de la Jefatura Distrital a cargo de la Prof. Andrea Etulain de Echaide se llevan adelante encuentros oficiales donde se convocan a los estudiantes y la mencionada agrupación política hace entrega de cotillón y panfletaria partidaria utilizando tiempo, espacio y dinero de todos. Lo más preocupante, expectativas de niños, jóvenes y padres recurriendo a prácticas que creímos superadas por pertenecer a épocas oscuras de nuestra historia.
No vamos a ser cómplices de la utilización del mayor de nuestros valores, la ESCUELA PUBLICA Y GRATUITA, para fines partidarios. No es para ello que fue creada, nuestros ancestros pensaron en educar mentes abiertas, libres, dignas. La escuela debe orientar al desarrollo de las personas, vincular generaciones, contener a los niños, generar saberes, experiencias sociales y culturales entre otras muchas misiones que hoy se suman, pero siempre en la igualdad, el respeto y la diversidad.
Hablar de Igualdad de Oportunidades no es una declamación, es una práctica y hacer participar en encuentros de estudiantes en Escuelas a La Cámpora o a cualquier otra agrupación política o religiosa atenta, vulnera, agrede, los derechos de quienes debemos proteger. No solamente es una práctica inmoral sino ILEGAL.
Como adultos sabemos diferenciar “el arte de lo posible” de la política partidaria panfletaria. Solo podemos descifrar este comportamiento como un mecanismo más de cooptación de “voluntades” que no es aceptable en un país que se presume democrático.
Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical.
Tandil, 11 de julio de 2012.
CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SECCIÓN VIII CAPÍTULO I - Cultura y Educación Artículo 198.-
La cultura y la educación constituyen derechos humanos fundamentales. Toda persona tiene derecho a la educación y a tomar parte, libremente, en la vida cultural de la comunidad. La Provincia reconoce a la familia como agente educador y socializador primario. La educación es responsabilidad indelegable de la Provincia, la cual coordinará institucionalmente el sistema educativo y proveerá los servicios correspondientes, asegurando el libre acceso, permanencia y egreso a la educación en igualdad de oportunidades y posibilidades.
CAPÍTULO II - Educación Artículo 199.-
La educación tendrá por objeto la formación integral de la persona con dimensión trascendente y el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales, formando el carácter de los niños en el culto de las instituciones patrias, en el respeto a los símbolos nacionales y en los principios de la moral cristiana, respetando la libertad de conciencia.
Artículo 200. La prestación del servicio educativo, se realizará a través del sistema educativo provincial, constituido por las unidades funcionales creadas al efecto y que abarcarán los distintos niveles y modalidades de la educación. La legislación de base del sistema educativo provincial se ajustará a los principios siguientes:
1- La educación pública de gestión oficial es gratuita en todos los niveles.
2- La educación es obligatoria en el nivel general básico.
3- El sistema educativo garantizará una calidad educativa equitativa que enfatice el acervo cultural y la protección y preservación del medio ambiente, reafirmando la identidad bonaerense.
4- El servicio educativo podrá ser prestado por otros sujetos, privados o públicos no estatales, dentro del sistema educativo provincial y bajo control estatal.
PROGRAMA HÉROE COLECTIVO Es un juego interactivo basado en la historieta "El Eternauta" de Héctor Oesterheld, que fomenta el debate acerca de la participación política y el entendimiento de que el único héroe, es el héroe colectivo. La Dirección de Fortalecimiento de la Democracia, de la Jefatura de Gabinente de Ministros, invita a participar de este taller de juego y discusión que está dirigido a jóvenes y adolescentes, se basa en "El Eternauta", comic argentino en el cual se inspira dicho programa.
El programa propone discutir aspectos relacionados con la democracia, la participación política y la organización popular en los barrios, las escuelas y las facultades a partir de la obra literaria de Germán Oesterheld y Francisco Solano López. Hasta el momento ya participaron de los talleres del Héroe Colectivo más de 4000 estudiantes de todo el país.
Declaraciones hechas en Noviembre de 2011 - Aula Magna del Colegio Nacional Buenos Aires - Acto del Programa “El Héroe Colectivo” de la Dirección de Fortalecimiento de la Democracia, en el que se entregó un ejemplar de “El Eternauta” a más de 250 estudiantes de secundarios de la Provincia de Buenos Aires:
· Cristina: Me pone muy contenta esa frase que leí, junto a la imagen del Eternauta, del Eternéstor -como le pusieron algunos- y que dice: cuando la juventud se pone en marcha, el cambio es inevitable. Y tienen razón. ¡Vamos todavía que tienen razón!
· Franco Vitali, Director de Fortalecimiento de la Democracia, a cargo del Programa: “la situación inicial de El Eternauta, en la que un grupo de amigos se encuentra de pronto encerrado en una casa, aislado, sólo, rodeado de desolación y muerte por una nieve mortal es similar a la situación en la se encontraba nuestro pueblo cuando Néstor asumió la presidencia en el 2003. La lucha por la supervicencia de Juan Salvo y los otros sobrevivientes es la misma que la titánica tarea de le reconstrucción de la patria que gracias a Néstor y Cristina estamos viviendo todos los argentinos”.
· Andrés Cuervo Larroque, Secretario General de La Cámpora, Subsecretario de Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia y Diputado Nacional electo: “Aquella generación, la nuestra y la de ustedes necesitaba un héroe. Y ese héroe fue Néstor Kirchner, compañeros.” … “gracias a Dios ese Héroe no estaba sólo. Estaba con toda una juventud, con todos los trabajadores, con todo un pueblo, con todos lo jubilados, con todos los chicos que cobran la Asignación Universal, con todos aquellos que salieron el 27 y 28 de octubre a hacerse cargo de la historia. Pero además, ese héroe no estaba sólo porque estaba con Cristina, con la presidenta Coraje”. Finalizó con la frase de los redondos que sirve de conclusión al Héroe Colectivo y levantó una ovación: “Este asunto está ahora y para siempre en tus manos, nene”.
La Cámpora Secundario: sus integrantes participan en muchos de los talleres a lo largo y ancho del país.
Fuente: http://www.lacampora.org/2011/11/14/el-heroe-colectivo/
Visto: la publicación hecha en Correo de Lectores del diario la Voz de Tandil el día 8 de julio de 2012 en pag. 6.
Considerando:
Que el reglamento “Reglamento General de las Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires”, Decreto 2.299/11, en su Artículo 193º expresa: “Prohíbese la colocación de símbolos religiosos o de partidos políticos, en el ámbito de los edificios escolares, excepción hecha de las escuelas de gestión privada confesionales con relación a los símbolos religiosos”
Que en su Artículo 41º manifiesta que En su desempeño los docentes no deberán:
1. Adoptar actitudes contrarias a la concepción democrática y a los principios Constitucionales de la Nación y la Provincia.
2. Promover actitudes discriminatorias.
3. Hacer uso en beneficio particular, de sus familiares, allegados o personas ajenas a su función docente de los bienes, instalaciones y servicios de la institución.
4. (…) promocionar determinados materiales didácticos.
5. Recibir beneficios personales indebidos, que resulten de imponer o aceptar de otros sujetos, condiciones para realizar actos inherentes a sus funciones.
6. Permitir o estimular durante la actividad escolar, la acción de agentes comerciales o vendedores de productos.
7. Facilitar el ingreso de personas ajenas a la Institución, salvo razones fundadas (…)
- Que la Convención Internacional de los derechos del niño “Considerando que el niño debe estar plenamente preparado para una vida independiente en sociedad y ser educado en el espíritu de los ideales proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y, en particular, en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad,”
- Que desde el bloque de Concejales de la U.C.R. se han recibido en diferentes oportunidades menciones respecto de el ingreso de la agrupación político-partidaria La Campora a las escuelas con anuencia y presencia de las autoridades educativas distritales
- Que el ingreso de agrupaciones políticas excepto con razones fundadas no debería permitirse ni incentivarse dado que en la escuela los fundamentos predominantes se vinculan hacia la libertad y la equidad, el pensamiento político NO partidario
- Que en el caso mencionado la convocatoria NO se trataba de un encuentro de jóvenes con agrupaciones de diferentes partidos políticos, sino que la misma estaba destinada a reflexionar acerca de el funcionamiento de los Centros de Estudiantes.
- Que La Cámpora se identificó a partir de panfletaria, banderas, remeras y libros de manifiesto contenido partidario, el que fue distribuido a los jóvenes asistentes.
Proyecto de Resolución
Artículo 1º: Dirigirse a la Jefatura Distrital de Educación del Partido de Tandil a ---------------- fin de solicitar a su titular, Prof. Andrea Etulain de Echaide, informe respecto de las razones y fundamentos legales por los cuales se ha permitido el ingreso de la agrupación político-partidaria La Cámpora a la Escuela de Educación Media Nº 7, “Prof. Roberto Dabidos”, con presencia de menores tandilenses pertenecientes a diferentes instituciones educativas, quienes originalmente habían sido convocados con el fin de debatir respecto la conformación y organización de los Centros de Estudiantes.
Artículo 2º: de forma.