La verdad jamás estará en los ignorantes, en los cobardes, en los cómplices, en los serviles y menos aún en los idiotas. |
Susurros nocturnos clandestinos en el aire. Por Dr. Juan de Dios Romero. |
Los servicios de radio afectados a todo tipo de vuelos, se regulan en lo que se denominan servicios de radiocomunicaciones aire-tierra, que se ocupa de atribuir las bandas de frecuencias radioeléctricas que “EN TODO EL MUNDO” se utilizaran en las aeronaves de cualquier porte. Esta regla de tipo técnico se decide en el seno de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), con sede en Ginebra, Suiza y esta integrada por todos los países del mundo, de forma tal que cada país vale un voto, y no hay una especie de Consejo de Seguridad, cuyas decisiones condicionen al resto de los miembros.
El sistema de radio organizado con tal fin se denomina SMA (Servicio Móvil Aeronáutico ), y se organiza la disponibilidad de frecuencias de radio a nivel mundial, con el objeto de normalizar la fabricación de equipos de radiocomunicaciones que portan los aviones, sean éstos oficiales o privados.
La oficina de la UIT que se ocupa de tales actividades se denomina UIT-R, nuestro país la integra. La UIT-R tiene una oficina que en el tema ejerce EL PODER DE POLICÍA en el orden “internacional”. No dentro del país.
El Control del tráfico aéreo internacional en lo que hace a los servicios de radiocomunicaciones civiles se enmarca en esta regulación que, a nivel nacional en nuestro país correspondía antes a la Secretaría de Comunicaciones, luego con la privatización de los teléfonos le corresponde a la Comisión Nacional de Comunicaciones y, con motivo de la privatización de los servicios de Control en Radio, pasaron a ser realizados como único país del mundo por la concesionaria a quien se le adjudico en 1997 este tipo de control.
Este servicio que se denomina Comprobación Técnica de Emisiones y Control Radioeléctrico se hacia desde antes de la privatización de los teléfonos y durante la vigencia de la Comisión Nacional de Comunicaciones (CN ) durante las 24 horas del día, todo los días del año.
Con la privatización del sistema de Control Radioeléctrico en 1997 se comenzó a realizar esta tarea de lunes a viernes de 9 a 18, hoy sigue con esta modalidad de reducción del tiempo dedicado a la seguridad en radio, heredada del concesionario. Es como si los semáforos para el control del transito vehicular funcionaran también de esta forma, generándose así un enorme peligro vehicular.
Con el día y horario restringido en el control radioeléctrico, luego de la partida del último vuelo de cabotaje desde los aeropuertos del interior, cesa el control, es decir, cesa antes. Porque también cesa la verificación y control del tráfico de radio entre vuelos clandestinos y sus bases de radio terrestres –fijas o móviles- en suelo Argentino, comunicaciones éstas que también son clandestinas si se utilizan en las bandas de frecuencias de radio asignadas a nivel mundial y nacional al tráfico de vuelos autorizados y de frecuencias de radio autorizadas solo con el propósito reglado y, las que si pueden ser hoy identificadas por el sistema tecnológico de Comprobación Técnica de Emisiones y Control Radioeléctrica, cuya actividad sobre las radio bases clandestinas de tierra concurren a complementar las actividades de radar que pueden identificar a esos vuelos.
Fuera del horario de control vigente, no se realiza control alguno de identificación de esos vuelos clandestinos, que cualquier persona que vive en el interior del país sabe y escuchan que existen - y su trafico de radio – que les es necesario – respecto a las estaciones terrestres, para su aterrizaje o decolaje – muchas veces utilizando caminos vecinales o parajes desolados -, cualquiera sea el porte de la aeronave y, así no se localiza la radio de tierra mas allá de los horarios actuales.
De esta forma el tráfico criminal de personas y cosas se realiza al amparo de la falta de todo control en el 90 por ciento del territorio nacional cuando cesa la actividad conjunta administrativa, técnica y judicial coordinada que, en mi opinión, es lo que se necesita para cometer actos terribles; situación ésta donde la actividad que estuviera a cargo del entonces licenciatario se ha heredado y permanece reducida desde entonces.
Disponemos hoy en Argentina de los recursos e inteligencia para colaborar por medio de la actividad de radio control de la de la Gerencia de Control de la Comisión Nacional de Comunicaciones. En mi opinión hay que poner en marcha estos recursos hasta más allá de la limitación diaria y horaria vigente.
Si usted, en viaje o de paso por otro país, se encuentra con un niño a quien le falta un ojito o un riñón, sometido a servidumbre en la mendicidad de la calle o en la prostitución, piense en lo que aquí he sostenido, quizás, muy posiblemente esa criatura aún es buscada y fue llevada a su desgraciada situación mediante un aberrante método donde la tecnología fue una ayuda instrumental canalla, cerremos las brechas y cumplamos con un uso mas exigente de nuestras recursos y talentos, que existen.
No me estoy refiriendo a una emisora de FM asentada en un municipio y que puja por su licencia, no me estoy refiriendo a los temas por los cuales se puja en sede administrativa o judicial para obtener legitimidad en sistemas de radiodifusión sonora o televisiva, tampoco me refiero al trabajo de un remisero que no dispone de un permiso para su radio en su único trabajo en cualquier localidad del país (lo que es solo una infracción), si me refiero al uso criminal de la tecnología por parte de quienes disponen de una brecha para el ejercicio de una conducta en el plexo organizativo de nuestro sistema de seguridad.
Y, es en tal contexto, que se infiere del reciente Decreto Nº 50/2007 y sus efectos en el marco nacional y regional, que impongo a ustedes de éste cuadro de situación.
Porque estoy seguro de que seré escuchado, porque la actividad de radio control a la que me he referido, está dirigida en los casos de frecuencias radioeléctricas reguladas como de acceso reglado, de ayuda, y también sujetas al trafico jurídico - comercial en todo el mundo. Y lo que he propuesto es jurídicamente factible, se desarrolla en el marco de los efectos del mencionado Decreto y en conjunto con los países signatarios del original convenio SISME, ahora nacionalmente homologado e ingresado como parte integrante de nuestra vigente legislación.
Dr. Juan de Dios Romero.
LE 4.308.435